El hombre y la tierra

Por Germán Masserdotti | 09/08/2026

Breve. El derecho de propiedad de los bienes es natural y secundario, individual y tiene una función social. Es evidente que la regulación concreta del ejercicio del derecho a la propiedad privada debe responder al juicio prudencial. Y esta regulación mediante las leyes promulgadas por los parlamentos -que deben ser determinaciones concretas de los preceptos del derecho natural y no contrarias a él- deben armonizarse con los usos y costumbres de los pueblos.

Por último, el norte de la reflexión teórica y de las realizaciones prácticas debe ser el bien común político. Por ejemplo, la reafirmación de la soberanía nacional forma parte del bien común y, dado que el territorio -si bien no solamente el territorio,- es un componente del mismo, su disposición y uso debe ser especialmente observada.

Pedirle a la ideología liberal que comprenda algo de lo dicho arriba es bastante dificultoso. Se trata de un camino plagado de equívocos. Como cuando se habla de vida y de libertad. Se dice lo mismo pero nos referimos a realidades distintas.

Porque en el caso del liberalismo se parte del individuo y de buscar su bien particular mientras que en la cosmovisión realista y cristiana de la vida se parte del bien común (complejo de bienes jerarquizados) que es el mejor bien del individuo naturalmente social y político.